La Federación Nacional de Fútbol a través de un acuerdo emitido este día, ha derogado los artículos relacionados al derecho de Recurso de Revisión que tenían los equipos de todas las categorías en su respectivo Reglamento Disciplinario.
A partir de ahora, los equipos que pertenecen a Liga Nacional, Primera, Segunda y Tercera División, Liga Femenina, Liga de Fútbol Playa y Liga de Fútbol Sala ya no tendrán derecho al Recurso de Revisión ante su mismo Organismo Disciplinario.
Ahora el recurso, tras emitir el Órgano Disciplinario de Liga Nacional una resolución que castigue a un equipo, que crea que puede revocarla por injusta, deberá presentar un Recurso de Apelación ante el Tribunal Disciplinario de la Federación Nacional de Fútbol.
Este recurso, desde hace muchos años era el segundo paso en busca de cambiar una resolución del ODLN, es decir, al ser rechazado o declarado sin lugar un Recurso de Revisión por parte del Organismo Disciplinario de Liga Nacional, el equipo recurrente elevaba el caso como APELACIÓN al Tribunal Disciplinario de la Federación Nacional de Fútbol.
via. emisorasunidas.com
A partir de ahora, los equipos que pertenecen a Liga Nacional, Primera, Segunda y Tercera División, Liga Femenina, Liga de Fútbol Playa y Liga de Fútbol Sala ya no tendrán derecho al Recurso de Revisión ante su mismo Organismo Disciplinario.
Ahora el recurso, tras emitir el Órgano Disciplinario de Liga Nacional una resolución que castigue a un equipo, que crea que puede revocarla por injusta, deberá presentar un Recurso de Apelación ante el Tribunal Disciplinario de la Federación Nacional de Fútbol.
Este recurso, desde hace muchos años era el segundo paso en busca de cambiar una resolución del ODLN, es decir, al ser rechazado o declarado sin lugar un Recurso de Revisión por parte del Organismo Disciplinario de Liga Nacional, el equipo recurrente elevaba el caso como APELACIÓN al Tribunal Disciplinario de la Federación Nacional de Fútbol.
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